En Colombia un total de 11.702.436 jóvenes entre los 14 y 28 años están habilitados para ejercer su derecho al voto en las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud, que se llevarán a cabo por segunda vez en la historia de Colombia el próximo domingo 19 de octubre.
Para las elecciones del Consejo Municipal de Juventud 2026-2029 en Yumbo fueron inscritas quince listas: 8 de Partidos y Movimientos Políticos, 4 por el sector Procesos y prácticas organizativas y 3 por Listas independientes con un total de 94 candidatos, para suplir las 17 curules.
Los Consejos Municipales de Juventud ofrecen una oportunidad real de participación democrática. Esta instancia democrática permite que las nuevas generaciones expresen sus preocupaciones, propongan soluciones y vigilen la gestión pública. Aunque todavía enfrentan desafíos como la baja participación electoral y la falta de recursos, son una herramienta valiosa para fortalecer la democracia desde la base.
Funciones del Consejo Municipal de Juventud
- Actuar como mecanismo válido de interlocución y concertación ante la administración y las entidades públicas del orden nacional y territorial y ante las organizaciones privadas.
- Proponer políticas, planes, programas y proyectos necesarios para el cumplimiento de la Ley 1885 del 01 marzo de 2018, también concretar su inclusión en los planes de desarrollo.
- Instaurar estrategias y métodos para que las y los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo que incumban a la juventud.
- Participar en el diseño y desarrollo de agendas municipales, distritales departamentales y nacionales de juventud.
- Pactar la inclusión de las agendas territoriales y nacionales de las juventudes con las respectivas autoridades políticas y administrativas para que así sean incluidas en los planes de desarrollo territorial y los diferentes programas y proyectos.
- Presentar informes semestrales de su trabajo en audiencia pública con la participación de los diferentes sectores institucionales y de las juventudes.
- Realizar veeduría y control social a los planes de desarrollo, políticas públicas de juventud y a la ejecución de las agendas territoriales de las juventudes.
- Coordinar acciones conjuntas con entidades públicas que desarrollen procesos con las juventudes.
- Promover la creación de prácticas organizativas de las y los jóvenes.
- Fortalecer la promoción, formación integral y la participación de la juventud.
- Fomentar la difusión, respeto y ejercicio de los Derechos Humanos, civiles, sociales y políticos de la juventud, así mismo sus deberes.
- Elegir representantes ante las instancias en las que se traten los asuntos de la juventud.
- Participar en la difusión de la ley 1885 del 01 marzo de 2018. (Estatuto de Ciudadanía Juvenil) para reglamentar el Sistema Nacional de Juventudes y fortalecer la participación juvenil. Sus objetivos principales incluyen garantizar los derechos y deberes de los jóvenes entre 14 y 28 años, y definir el marco institucional para las políticas públicas de juventud.
Beneficios por votar. Los jóvenes que participen en la jornada electoral de este domingo 19 de octubre tendrán derecho a los siguientes beneficios:
- 10 % de descuento en matrículas en instituciones oficiales de educación superior, duplicados de la cédula de ciudadanía y duplicados de la libreta militar.
- Derecho a un (1) mes menos en la prestación del servicio militar y a media jornada libre de descanso compensatorio remunerado.
- Preferencia en caso de empate en exámenes de ingreso a instituciones de educación superior y en el listado de elegibles para empleos de carrera en el Estado, en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda otorgados por el Estado.
