Los 3181 casos positivos de covid-19 en Yumbo y las 107 personas que han fallecido por causas relacionadas con la pandemia, obligaron al Alcalde John Jairo Santamaría Perdomo, decretar nuevamente el toque de queda y la ley seca en todo el territorio municipal para este fin de semana.
Contrario a los días anteriores, la vigencia del toque de queda tendrá una menor duración, en tanto que iniciará a las once de la noche los días viernes 22, sábado 23 y domingo 24 de enero a las once de la noche y concluirá a las 5 de la mañana del día siguiente.
Se exceptúan de la medida de toque de queda las siguientes personas:
- Las personas dedicadas a la entrega de productos farmacéuticos y comida preparada, quienes deberán estar autorizados por la Secretaría de Paz y Convivencia Ciudadana.
- Las personas que se desplacen en cumplimiento de sus obligaciones laborales.
- Personal perteneciente a la Fuerza Pública, los Organismos de Seguridad del Estado, Policía Judicial, Autoridades de Tránsito y Transporte, organismos de emergencia, socorro, salud, el personal de las empresas de vigilancia privada.
- Los servidores públicos y contratistas del estado que sean estrictamente necesarios para la atención de la emergencia sanitaria.
- Quien deba desplazarse por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
- Quien deba acudir a los servicios de salud.
Ley seca
Por su parte el expendio de bebidas embriagantes también estará prohibido los mismos días del fin de semana, entre las once de la noche y las diez de la mañana del día siguiente. Sigue vigente la prohibición del consumo de licor en espacios públicos y establecimientos de comercio, así como la realización de eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
Pico y cédula
De igual manera en Yumbo seguirá vigente el sistema de pico y cédula para ingresar a cualquier establecimiento a realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, de servicios bancarios, financieros y notariales, atención al ciudadano en entidades públicas y cualquier otro tipo de servicios, así:
- 23 de enero de 2021, cédulas terminadas 1, 3, 5, 7 y 9.
- 24 de enero de 2021, cédulas terminadas 2, 4, 6, 8 y 0.
- 25 de enero de 2021 cédulas terminadas 1, 3, 5, 7 y 9.
La medida de pico y cédula no aplicará en los siguientes casos:
• Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
• La persona que le sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieran acompañamiento para realizar actividades o trámites.
• Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados.
• Servicios de salud, farmacias y funerarios.
• Servicios veterinarios.
• Servicios de tránsito.
• Gimnasios, escuelas deportivas y/o centros de acondicionamiento físico.
• Servicios de hoteles y moteles.
• Servicios de combustibles.
• Se exceptúa de la presente medida el consumo en restaurantes y bares, los cuales deberán permitir el ingreso cumpliendo con el aforo permitido que garantice el distanciamiento social y dentro del horario establecido, con previa reserva.
Las medidas excepcionales de toque de queda, ley seca y pico cédula fueron decretadas por el alcalde municipal, mediante el Decreto 014 del 22 de enero. Infringir estas medidas acarreará la Multa Tipo 4: treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes (s.m.d.l.v.), es decir, 969.094 pesos.
Los establecimientos cuyos propietarios o administradores no acaten los horarios establecidos y el funcionamiento autorizado, tendrán cierre temporal, de conformidad con la Ley 1801 de 2016.

