Los siete puntos sobre los que se pronunciará la ciudadanía son los siguientes:
Pregunta 1: Reducir el salario de congresistas y altos funcionarios del Estado
¿Aprueba usted reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes-SMLMV, fijando un tope de 25 SMLMV como máxima remuneración mensual de los congresistas y altos funcionarios del Estado señalados en el artículo 197 de la Constitución Política?
Según los promotores de la Consulta Anticorrupción, este primer punto, más que ser contra la corrupción, es una medida de “equidad”, dado que los congresistas ganan 40 salarios mínimos mensuales vigentes, mientras el 52 % de los colombianos vive con máximo un salario mínimo mensual y hay otro 28 % de ciudadanos que gana entre uno y dos salarios mínimos. Colombia es el sexto país en el mundo con más desigualdad, solo superado por algunas naciones de África y por Honduras, el tercer país de la región con la mayor desproporción en el salario de los congresistas, altos funcionarios y el salario mínimo.
De ser aprobada esta medida, cobijaría a 395 personas del sector público: 108 senadores, 171 representantes a la Cámara, y otros 116 funcionarios del Estado, como los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y el Consejo Nacional Electoral, así como al Procurador General, el Fiscal General y el Defensor del Pueblo.
Según esta propuesta los congresistas y los altos funcionarios del Estado pasarían a ganar 25 salarios mínimos mensuales, que equivalen a $19.500.000. Su aplicación significa un ahorro de $11.800.773 en el salario mensual de cada congresista. Este valor multiplicado por 280 parlamentarios equivale a un ahorro de $3.304.216.440 mensuales, es decir, más de tres mil millones de pesos mensuales, por lo que puede alcanzar los 213 mil millones de pesos si se incluyen los altos cargos del Estado.
Pregunta 2: Cárcel a corruptos y prohibirles volver a contratar con el Estado
“¿Aprueba usted que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración pública deban cumplir la totalidad de las penas en la cárcel, sin posibilidades de reclusión especial, y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización alguna para el contratista ni posibilidad de volver a contratar con el Estado?”
Según cifras de un estudio del Observatorio Anticorrupción de la Presidencia de la República de 2017, la mitad de las personas condenadas en Colombia por delitos relacionados con corrupción no entran a prisión ni un solo día y el 25 % recibe el beneficio de casa por cárcel.
Es situación es muy grave, máxime cuando un informe de la Contraloría General de la República revelado también el año pasado indica que el flagelo de la corrupción se roba en Colombia entre $40 y $50 billones por cada vigencia presupuestal. Sin embargo, la legislación actual no da la posibilidad de que el Estado termine unilateralmente un contrato aun cuando sea evidente que está haciendo objeto de fraude.
Pregunta 3: Contratación transparente obligatoria en todo el país
“¿Aprueba usted establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo con un número anormalmente bajo de proponentes, en todo tipo de contrato con recursos públicos?”
Más del 80 % de los contratos estatales se contratan de forma directa o mediante licitaciones en las que participa un solo licitante, y equivalen aproximadamente a 70 billones de pesos anuales que se estarían entregando sin cumplir las reglas de la contratación pública.
La propuesta de la pregunta 3 busca la creación de pliegos tipo para evitar manipulación uy fomentar la competencia por meritocracia. Los pliegos tipo son documentos estandarizados con determinadas condiciones, en los cuales quien contrata debe instituir unas obligaciones generales que los contratistas deben cumplir y acatar.
De ser aprobada esta medida se eliminará una de las herramientas más útiles para la ocurrencia de hechos ilícitos, como es poder otorgar contratos del Estado ‘a dedo’. Aunque este tipo de corrupción se presenta con más frecuencia en el campo de infraestructura, es cierto que ocurre en todos los ámbitos de la contratación estatal.
En los procesos de contratación han imperado lo que algunos llaman ‘pliegos sastre’, elaborados a medida de los contratistas que resultan ser amigos de los encargados de ceder los convenios por parte del Estado, para después obtener su ‘tajada’. Como consecuencia, aunque se abran procesos de licitación pública, se otorgan los contratos a conveniencia, lo que pone en desigualdad de condiciones a los otros oferentes.
Pregunta 4: Presupuestos públicos con participación de la ciudadanía
¿Aprueba usted establecer la obligación de realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados decidan el desglose y priorización del presupuesto de inversión de la Nación, los departamentos y los municipios, así como en la rendición de cuentas sobre su contratación y ejecución?
Con este punto de la Consulta se busca crear una política nacional de audiencias públicas regionales que permita priorizar los proyectos de inversión a nivel nacional, regional y municipal. Según esto, los funcionarios quedarían obligados a difundir todo lo relacionado con los presupuestos de inversión en el país y a mostrar las cuentas de todos los contratos, la evolución y terminación de las obras.
En la actualidad, el Congreso colombiano tramita la aprobación del presupuesto en partidas globales, lo cual dificulta conocer cuáles son las inversiones y proyectos que se realizan en las regiones, quiénes los proponen, cómo se contratan y cómo se ejecutan. Este marco normativo permite que los recursos destinados a inversión en las regiones puedan ser asignados con fines políticos en negociaciones privadas, lo que se conoce como popularmente como ‘mermelada’.
La propuesta de la pregunta 4 ya ha sido presentada en otras oportunidades en el Congreso pero resultó retirada por falta de debate.
Pregunta 5: Congresistas deben rendir cuentas de su asistencia, votación y gestión
¿Aprueba usted obligar a congresistas y demás corporados a rendir cuentas anualmente sobre su asistencia, iniciativas presentadas, votaciones, debates, gestión de intereses particulares o de lobbistas, proyectos, partidas e inversiones públicas que haya gestionado y cargos públicos para los cuales hayan presentado candidatos?
Esta pregunta surge a raíz de lo que han revelado varios sondeos de opinión, según los cuales en Colombia existe un alto nivel de desconfianza hacia la labor de los legisladores. La rendición de cuentas pueden contribuir a mejorar esta percepción.
Aunque lo que se votará en la pregunta 5 está contemplado en la ley, los congresistas se excluyeron de esa obligación. La Ley Estatutaria 1757 de Participación Ciudadana incluyó la obligación de rendir cuentas a los integrantes de Juntas Administradoras Locales, Concejos Municipales y Asambleas Departamentales, pero excluyó a los congresistas, requiriendo solamente la publicación de información por parte de la oficina de atención al ciudadano de la siguiente manera: “Ley 1757 de 2015, Artículo 48: Unidad Coordinadora de Atención al Ciudadano del Congreso de la República de disponer de la información de la gestión de los congresistas: de su asistencia a las sesiones de comisiones y plenarias.
Lo que se busca con la aprobación de la pregunta 5 es obligar a los parlamentarios a informar a la ciudadanía sobre su asistencia a las sesiones, debates y audiencias en el Congreso, lo que proponen, cómo votan, sus itinerarios de viajes, sus agendas de trabajo, etc.
De esta manera, los ciudadanos podrán saber el accionar de los senadores y los representantes que eligen y podrán evaluar su trabajo, lo que (en teoría) demandará más trabajo y transparencia por parte de ellos.
Pregunta 6: Hacer públicas las propiedades e ingresos injustificados de políticos elegidos y extinguirles el dominio
¿Aprueba usted obligar a todos los electos mediante voto popular a hacer público a escrutinio de la ciudadanía sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo; incorporando la facultad de iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar la extinción de dominio al elegido y a su potencial red de testaferros como su cónyuge, compañero o compañera permanente, a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, y a sus socios de derecho o de hecho?
Proyectos con esta iniciativa han sido archivados varias veces en el Congreso lo que demuestra que la adopción de medidas en pro de la transparencia de este órgano genera una especial resistencia por parte de los miembros del Congreso de la República, debido a que limita su accionar e impone tareas relacionadas con las responsabilidades de su cargo.
Si la ciudadanía aprueba mayoritariamente este punto, se podrá saber (sin reserva) el dinero y los bienes con los que cuenta un político antes de posesionarse en un cargo público y al salir de este. Todo el que se haga elegir para un cargo público tendrá como requisito para posesionarse publicar y hacer conocer a la ciudadanía y a los medios de comunicación su declaración de bienes, patrimonio, pago de impuestos y conflictos de interés.
Quienes al final de su gestión no puedan justificar el dinero o los bienes con los que cuentan serán objeto de investigaciones, así como también será investigada su potencial red de testaferros, así como sus familiares más cercanos y su equipo de trabajo.
Aunque en la actualidad los congresistas y servidores llenan una declaración de bienes al entrar al cargo, no hay ninguna sanción si no se entrega; además, esta información no es de acceso al público ni a los medios de comunicación.
El hecho de que las declaraciones de renta de los integrantes de corporaciones públicas tengan un acceso limitado restringe el derecho de la ciudadanía a ejercer control social y facilita la comisión de conductas relacionadas con corrupción.
Pregunta 7: No más atornillados en el poder: máximo 3 períodos en corporaciones públicas
¿Aprueba usted establecer un límite de máximo tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las Asambleas Departamentales, los Concejos Municipales y las Juntas Administradoras Locales?
Este punto de la Consulta busca que senadores, representantes, diputados, concejales y ediles solo puedan ocupar el cargo por máximo tres períodos. Hoy, la Constitución señala tiempos para cada corporación, pero no fija ninguna restricción para la reelección, por lo que muchos servidores públicos pueden reelegirse indefinidamente. Con la normatividad vigente, los políticos pueden abusar del poder, a fin de perpetuarse en su cargo
De ser aprobado este punto 7, se le abrirán espacios a jóvenes, mujeres y líderes sociales que desean aportar desde esos espacios, donde son subrepresentados, permitiendo que no sea siempre el mismo grupo de ciudadanos el que esté representado en las corporaciones- Además habrá renovación de ideas en el Congreso y la reducción del clientelismo.
Las anteriores son las siete preguntas que la ciudadanía deberá responder en la Consulta Popular Anticorrupción de este domingo 26 de agosto de 2018.