A menos de 40 días de la elección del nuevo Congreso de la República y la consulta de los partidos y movimientos para escoger candidatos a la Presidencia, en Yumbo se llevará a cabo la primera sesión de la Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento Electoral en coordinación con la Registraduría Municipal.
La primera sesión de esta Comisión Municipal será este jueves 3 de febrero, a partir de las dos de la tarde en el salón del Concejo Municipal de Yumbo. Los delegados de los diferentes partidos y movimientos políticos fueron convocados por el secretario de Gobierno, Seguridad y Convivencia, Andrés Felipe Muñoz Erazo, titular de la Secretaría que funge como secretaría técnica de la Comisión.
En la primera sesión de la Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento Electoral se abordarán los siguientes temas:
- Socialización de la División Política Electoral (División político-administrativa en la que se organizan, se estructuran y se codifican los lugares de votación en todo el país. Comprende la clasificación de los municipios zonificados y no zonificados, al igual que proporciona la información del potencial electoral de cada uno de los puestos de votación).
- Seguridad de los puntos de votación (Policía y Ejército Nacional).
- Socialización Decretos de publicidad para las elecciones de Congreso, Presidente y Vicepresidente de la República que se llevarán a cabo los domingos 13 de marzo y 29 de mayo de 2022.
- Requerimientos para la logística elecciones de Congreso y Presidencia.
¿Qué son las Comisiones para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales?
El Decreto Nacional 2821 del 3 de diciembre 2013 creó y reglamentó la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales a nivel nacional, departamental y municipal como instancias encargadas de realizar las actividades necesarias para asegurar y garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales, el cumplimiento de las garantías electorales y la salvaguarda de los derechos y deberes de los partidos y movimientos políticos.
Según el Artículo 5 del Decreto 2821 de 2013, se creó la Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, la cual estará integrada por:
- El alcalde del municipio, quien la presidirá.
- El comandante de Policía del municipio.
- El funcionario de la Fiscalía General de la Nación de mayor jerarquía en el
respectivo municipio. - El Personero Municipal.
- El Contralor Municipal, si lo hubiere.
- El Defensor Regional del Pueblo cuando su asiento principal esté domiciliado en el respectivo municipio.
- El Registrador Municipal.
Parágrafo. Actuará como Secretario Técnico de al Comisión, el Secretario de Gobierno o del Interior del Municipio.
El Artículo 6 establece que las Comisiones invitarán a los voceros de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica vigente, de los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que postulen candidatos, a quienes promuevan algún mecanismo de participación ciudadana según sea el caso, para que intervengan con voz en la Comisión y formulen sus inquietudes en relación con el proceso electoral para garantizar el normal desarrollo de los comicios.
Así mismo, se invitarán a los Directores Ejecutivos de la Federación Colombiana de Departamentos, la Federación Colombiana de Municipios y la Misión de Observación Electoral – MOE.