Como una medida para regular el desplazamiento de las personas hacia los supermercados, entidades bancarias y demás sitios de comercio, el alcalde Jhon Jairo Santamaría Perdomo expidió el Decreto 055 con el cual se establece en Yumbo el pico y cédula.
El Decreto 055 del 1 de abril entrará a regir este viernes 3 de abril permitiendo la movilidad de los ciudadanos, en caso de necesidad, de acuerdo con el último número de la cédula, en el horario de las 6 de la mañana a las 6 de la tarde. Se permite una persona por núcleo familiar. (Ver imagen del cuadro de días y dígitos).
La medida del pico y cédula opera única y exclusivamente para los ciudadanos que requieran realizar las actividades contempladas en los numerales 2 y 3 del Decreto Nacional 457 del 22 de marzo de 2020.
Estas excepciones solo serán para aquellos que deban adquirir bienes de primera necesidad (alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo) o realizar gestiones bancarias, financieras y de operadores de pago.
Infringir la medida del pico y cédula constituye desacato a orden de policía y el ciudadano será sancionado con Multa General Tipo 4 de conformidad con la Ley 1801 de 2016, o Código Nacional d de Convivencia. Esta multa es de $ 936.323.
Mediante el parágrafo cuarto del Decreto 055 el alcalde municipal ordena a la Fuerza Pública y organismos del Estado, hacer cumplir lo dispuesto, realizando los operativos de rigor y aplicar las medidas correctivas contempladas en la Ley 1801 de 2016.